martes, 19 de mayo de 2009

DISCRIMINACION A PERSONAS SORDAS.

la "Discriminación a sufistas sordos", hasta ahora las federaciones de sordos de deportes y adaptados no interesan el surf , también dicen que el surf no esta lista de COI como deporte incluido, creo que no apoya a sordos también en Madrid no tienen interés porque no tiene playa pero hay surfistas donde viven en el Norte de España que no pueden apuntar por problemas económicos , es una vergüenza que los discapacitados tienen muchísimas ayudas con los juegos de petancas, dardos y el surf nada como deporte así no entiendo en cambio para sordos nada hasta ahora no me ha recibido nada de subvención para ir al Campeonato Mundial de surf para sordos en Hawai que comenzara el día 7 al 12 de Julio y al final pago por mi cuenta además solo es una pena que no pueden ir mis amigos surfistas, creo que es mejor ver el video para signar mas claro.
Discriminación a un niño sordo en un campo de fútbol. Un niño de 12 años en un campo de fútbol por parte de un árbitro, sin dejarme llevar por el cabreo que te provoca ver llorar a un niño que no puede hacer lo que más le gusta, que es lo verdaderamente importante. Donde el colegiado Francisco Javier García Gómez, federado con el nº 06344 de la Federación Madrileña de Fútbol, discriminó a un chaval de 12 años por su sordera, a su entender cumpliendo el reglamento, acumulando errores al entender del sentido común.
La situación especial que vive el Griñon CF de la 1ª división de alevines con Mario, así como el esfuerzo de sus padres en que lleve una vida en igualdad de condiciones, le hace tratar de tener todos los cabos atados para que el chaval pueda practicar su deporte y participar en cualquier competición. Para ello en su ficha, la misma que se entrega a los árbitros al principio de cada partido, aparece descrito que tiene una disminuía auditiva y que necesita de los audífonos para jugar. Así mismo, desde que se inició la temporada, por no retroceder 6 años, que es el tiempo que lleva Mario compitiendo, ningún árbitro, y este dato es demoledor, puso impedimento a que el niño jugase con los audífonos, no veían el riesgo que sí parece ser ven las altas esferas de las inmovilistas y prehistóricas federaciones de fútbol, que seguro desconocían esta situación.

La actitud del árbitro, Francisco Javier García Gómez, cuando en el partido de la 1ª división madrileña de fútbol en la categoría de alevines, en el campo de El Naranjo de Fuenlabrada, entre el Lugo Fuenlabrada y el Griñón CF, a 8 minutos del descanso (no puede esperar al final del primer tiempo), se acerca al niño, y le dice ante su incredulidad que se debe quitar los audífonos. El niño no entiende nada. No comprende que delante de tanta gente se publique a los cuatro vientos que tiene una disminuía, que se le discrimine de esa forma, cuando lleva tanto tiempo jugando sin problemas. No sabe qué hacer, mira a su entrenador y a su madre, y no comprende qué ha hecho mal. El colegiado se aferra a un reglamento (¿y qué pasa con los partidos anteriores?), para indicar a todo el que le pregunta que el niño para seguir jugando, se tiene que quitar los audífonos, si hace eso no oye y no podría jugar, le comentan al árbitro, y éste lo termina de arreglar gritándole al niño para comprobar sí es cierto

Multa de hasta 1 millón de € por discriminar a un discapacitado

Ese mismo día, el Consejo de Ministros dio luz verde a otro proyecto de ley no menos trascendental, tal es el de infracciones y sanciones en materia de igualdad de las personas con discapacidad. Nada menos que hasta con un millón de euros puede ser sancionado un acto de discriminación hacia personas con discapacidad. Por otro lado, la mínima sanción se situaría en 301 euros. En todo caso, la cuantía de la sanción dependerá de la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, el volumen de negocios y el número de personas afectadas.

Se considerarán infracciones administrativas las vulneraciones del derecho a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor. Las infracciones serán "leves", "graves" o "muy graves", según la gravedad de los hechos punibles.

En suma, la nueva ley tiene como objetivo establecer un régimen sancionador eficaz ante las infracciones que vulneren la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Viene respaldado por el movimiento asociativo español de la discapacidad y sus familias, y muy en especial por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que ha participado en su elaboración, y por el Consejo Nacional de la Discapacidad, que ha informado favorablemente.

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